Condiciones generales......

TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE ALQUILER DE RENT ME STELMAKH MALLORCA S.L.
Pro el presente contrato Rent me Stelmakh Mallorca S.L. (en adelante EL ARRENDADOR), arrienda el vehículo descrito en la parte frontal de este documento al cliente (en adelante EL ARRENDATARIO), bajo los términos y condiciones recogidos en dicha página frontal y en éstas, así como asignadas en cada momento. Es su responsabilidad leer este contrato detenidamente y cualquier duda o disconformidad deberá hacerlo constar antes de la firma del presente contrato.
1.- Entrega del vehículo
El arrendatario recibe el vehículo descrito en el anverso de este contrato limpio y en correcto estado de funcionamiento y sin deficiencias, con la documentación pertinente, con un juego de llaves u objeto para la apertura y arranque equivalentes, chalecos reflectantes y herramientas, lo que deberá comprobar el arrendatario notificando cualquier deficiencia al momento de contratar el vehículo.
En el caso de alquiler de accesorios y principalmente sillas de niños, el arrendatario deberá instalar-anclar las mismas eximiendo de cualquier responsabilidad al arrendador por la mala instalación o incorrecto uso de las mismas.
El arrendatario debe llevar en todo momento el contrato de alquiler en el vehículo arrendado.
El alquiler del vehículo se entiende desde el día y hora en que se inicia el arrendamiento hasta la devolución del mismo que, salvo acuerdo expreso entre las partes, se entenderá el último día a las 19.00 h.
2.- Utilización del vehículo
El arrendatario recibe en alquiler el vehículo descrito en el anverso, en perfectas condiciones de funcionamiento, con todos sus documentos, neumáticos, herramientas y accesorios y se compromete a conservarlos y conducir el vehículo según las normas del Código de Circulación. Queda expresamente prohibido:
• Conducir el vehículo por personas no autorizadas en el anverso más que el mismo arrendatario o las que expresamente estén autorizadas en el anverso de este contrato, cuya edad mínima será de 21 años, sean titulares y estén en posesión de permiso de conducir válido y en vigor con una antigüedad mínima de dos años. Según categoría de vehículo puede existir otras limitaciones de edad y permiso de conducir.
• Transportar personas o mercancías sin haber obtenido la autorización administrativa, exigida por el ordenamiento jurídico. En caso de incumplimiento, el arrendatario será responsable de las sanciones que se le pudieran imponer al arrendador por la Administración.
• Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por el alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
• Utilizar el vehículo para empujar o remolcar otros vehículos.
• Participar con el vehículo en carreras, concursos y desafíos de cualquier naturaleza.
• Desprecintar o manipular el cuentakilómetros del vehículo, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.
• Llevar más pasajeros que los especificados por el fabricante del vehículo o permitidos por las leyes.
• Realizar traslados entre islas o fuera de ellas, a menos que se haya obtenido autorización por escrito del arrendador.
• Transitar fuera de la red viaria, ni en carreteras no pavimentadas o aptas para la circulación que puedan causar daños en la parte baja de la carrocería y otro tipo de desperfectos.
3.- Devolución del vehículo
El vehículo se devolverá en el lugar, fecha y hora estipulados en el anverso de este documento. Cualquier alteración deberá ser previamente autorizada por el arrendador.
El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo sin previo aviso o requerirlo judicialmente, abonando el arrendatario en cualquiera de los casos los gastos ocasionados para su recuperación. Igualmente se faculta al arrendador para que pueda recuperar el vehículo en cualquier momento de la vigencia del contrato si su utilización contraviniere lo dispuesto en el mismo.
La duración del alquiler finalizará sólo cuando el vehículo y las llaves han sido devueltos al arrendador. La retención del vehículo por el arrendatario sin el consentimiento del arrendador más allá de la fecha acordada, podrá ser considerada por el arrendador como sustracción del vehículo y denunciada como tal a las autoridades competentes.
El retraso en la entrega del vehículo, facultará al arrendador a aplicar el cobro de un día completo de alquiler según tarifa vigente en ese momento, que se irá renovando cada 24 horas hasta la efectiva entrega del vehículo.
Si el arrendamiento se hubiera hecho por precio especial, el día o días extras se cobrarán a tarifa normal vigente.
Para prolongaciones de Contrato, condicionadas a disponibilidad, el Arrendatario-cliente debe contactar con el Arrendador de manera fehaciente o presencial en nuestras oficinas. En todo caso es necesario formalizar y firmar un nuevo contrato con la nueva fecha de finalización prevista. El arrendatario autoriza expresamente que dicha prolongación sea cargada en su tarjeta de crédito/debito. A todos los efectos una prolongación es un nuevo contrato de alquiler y está sujeto al presente clausulado. El arrendador declina toda responsabilidad por el incumplimiento de dicha cláusula siendo el arrendatario totalmente responsable de los cargos que pudiera generar dicha anómala situación.
4.- Cargos del alquiler
El arrendatario se compromete a pagar al arrendador:
• Los cargos por el alquiler del vehículo, entrega y recogida, seguros, gasolina, e impuestos y tasas determinados en la tarifa vigente del arrendador. La aplicación de la tarifa convenida inicialmente queda supeditada a que la devolución del vehículo se realice en la fecha y lugar previstos.
• Los cargos ocasionados por la pérdida de la documentación del vehículo, así como la pérdida de neumáticos, herramientas, y accesorios, incluido daños en llantas y neumáticos por culpa o negligencia del cliente.
• Los costes de reparación de los daños causados al vehículo, en caso de accidente, cuando concurran las siguientes circunstancias:
1. Que el vehículo no fuera utilizado de acuerdo con las condiciones establecidas.
2. Que el parte de accidente no hubiera sido cumplimentado en el plazo señalado o que no se ajustase a la realidad de los hechos producidos.
3. Que no hubiera sido cubierta la franquicia correspondiente. En este caso se facturará como máximo el importe de la misma. Aun cuando el culpable del accidente no fuera el arrendatario, deberá satisfacer el importe indicado, si bien el Arrendador, a través de la compañía de seguros, gestionará el reintegro del importe del importe de los daños, y una vez conseguido, lo entregará al Arrendatario.
• Las multas y gastos judiciales motivados por infracciones de tráfico o infracción de las leyes, reglamentos u ordenanzas, por parte del Arrendatario.
• En caso de repostaje equivocado, el cliente pagará todos los gastos ocasionados (grúa, vaciado de depósito, etc.).
• Si el cliente decidiera finalizar el alquiler con anterioridad a la fecha señalada en el Contrato de alquiler, no tendrá derecho a la devolución del importe correspondiente a los días no disfrutados de uso del vehículo
5.- Seguro
El Arrendatario y conductores autorizados en el anverso, participan de los beneficios de una póliza de seguro de automóviles concertada por el Arrendador, de responsabilidad civil ilimitada en los casos siguientes:
• Que el Arrendatario, en caso de accidente, envíe al Arrendador un parte de accidente, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas después de producirse el mismo.
• Que la compañía aseguradora no rechace el siniestro, como consecuencia de no conducir el vehículo en las condiciones físicas exigidas por el Código de Circulación.
A los efectos de este seguro, no se considerará terceras personas:
El cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos del Arrendatario y conductores autorizados, así como sus socios y personas que tengan con los mismos relación de salario o dependencia.
Quedan exclusivamente excluidos de la garantía de seguro, la pérdida, sustracción o daños causados a bienes transportados en el vehículo arrendado.
El seguro concertado por el Arrendador cubre así mismo al Arrendatario y conductores autorizados de la prestación de fianzas y de la defensa jurídica que pudiera requerirse al conductor en causa criminal.
La responsabilidad del Arrendatario con respecto a los daños causados al vehículo alquilado, siempre que se utilice de acuerdo con las condiciones establecidas, está totalmente cubierta en los casos de robo e incendio, y limitada en los casos de accidente, al importe de la franquicia, que sertan 500€.
El cargo de la referida franquicia se realizará a su tarjeta de crédito, siendo objeto de devolución cuando el vehículo sea entregado en las mismas condiciones que se entregó.
El importe de la franquicia puede ser eliminado contratando un "Seguro sin franquicia" cuyo importe es por día
6.- Gasolina
El vehículo siempre es entregado con el depósito lleno.
Por ello se le solicitará que pague el importe del combustible al inicio de su alquiler.
El valor del combustible varía según el modelo del vehículo y está entre 70€ y 140€ según el modelo del vehículo alquiler.
7.- Accidentes.
El arrendatario se compromete a informar inmediatamente de cualquier siniestro a la Compañía y al arrendador, así como a transmitirles inmediatamente cuantas cartas, citaciones o notificaciones, partes, atestados o cualquier otro documento que tuviera y que a dicho siniestro se refieran y a prestar completa colaboración con la compañía y la aseguradora en la investigación y defensa de cualquier reclamación y proceso.
En el momento del accidente o siniestro se adoptarán las siguientes medidas:
a) No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho.
b) Obtener datos completos de la parte contraria, cumplimentando el impreso entregado junto con la documentación del vehículo, que remitirá urgentemente y máximo en 24 horas transcurrido el siniestro al arrendador, avisándole telefónicamente en los casos de accidente grave, en sus oficinas en horario abiertas al público o en el teléfono de emergencia facilitado a la firma del contrato de alquiler.
c) No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo.
La contravención de dichos puntos anula la protección de cualquiera de los servicios contratados.
El siniestro del vehículo no implica automáticamente una obligación del arrendador de poner a disposición un vehículo de sustitución. Si el siniestro es culpa del arrendatario no existirá dicha obligación ni se reembolsará importe alguno.
Junto con el importe del daño emergente, el arrendador está facultado a reclamar al arrendatario el lucro cesante por la imposibilidad de utilizar el vehículo siniestrado.
8.- Reparaciones
Arrendatario se compromete a obtener previa autorización del Arrendador para efectuar reparaciones.
Para el supuesto en que el Arrendatario procediera a la reparación del vehículo arrendado sin haber obtenido el consentimiento escrito del Arrendador, ni haber comunicado parte de accidente dentro de las cuarenta y ocho horas, aquel no tendrá derecho a reintegro de los gastos abonados por reparación de cualquier índole.
9.- Responsabilidad del arrendador
El Arrendador declara haber tomado las debidas precauciones para evitar fallos mecánicos del vehículo alquilado, pero en caso de producirse éstos, no asume ninguna responsabilidad por los perjuicios que directa o indirectamente pudieran causarse al Arrendatario, como consecuencia de dichos fallos o averías.
10.- Cargos en tarjetas de crédito
El Arrendatario mediante la firma del presente contrato autoriza a Rent me Stelmakh Mallorca S.L. a cargar en su tarjeta de crédito cuantos importes quedaran pendientes a la finalización del contrato bien por pago de alquiler, daños ocasionados al vehículo no cubiertos por el seguro suscrito, o por cualquier otro concepto que sea imputable al cliente, comunicándole el desglose de los cargos.
11.- Protección de los datos de carácter personal
Por la presente le informamos que dada su calidad de cliente de esta empresa, sus datos personales van a ser tratados en el fichero denominado clientes, responsabilidad de Rent me Stelmakh Mallorca S.L. El tratamiento de sus datos es necesario para el desarrollo de la relación que nos vincula y podrá ser objeto de las cesiones de obligado cumplimiento según la normativa vigente. Si lo desea, podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos solicitándolo por escrito a la dirección señalada en el presente contrato.
12.- Jurisdicción
Cualquier divergencia que surgiera entre el Arrendador y Arrendatario, será sometida al fuero de los Tribunales de Palma de Mallorca donde se ha iniciado el alquiler con renuncia expresa a cualquier otro fuero.